Subvenciones para reducir el consumo energético y mejorar la competitividad empresarial
El IVACE mantiene su línea de ayudas en materia de eficiencia energética dirigida a empresas y entidades de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de impulsar inversiones que permitan reducir el consumo energético, disminuir las emisiones de CO₂ y mejorar la competitividad de los sectores productivos. Estas ayudas están especialmente orientadas a aquellas empresas que quieran modernizar sus instalaciones, sustituir equipos consumidores de energía por soluciones más eficientes o implantar sistemas de gestión, medición y control energético.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 26 de octubre de 2026.
¿Cuál es el objetivo de estas ayudas?
La finalidad de la convocatoria es apoyar actuaciones de ahorro y eficiencia energética que permitan a las empresas reducir sus costes energéticos y avanzar hacia un modelo productivo más sostenible.
Para que un proyecto pueda ser subvencionable, deberá generar un ahorro de energía y de emisiones de CO₂ cuantificable y justificable documentalmente. Además, las actuaciones deberán ejecutarse en el ámbito de la Comunitat Valenciana y cumplir con la normativa técnica que les resulte aplicable.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Podrán solicitar estas subvenciones las entidades o personas jurídicas de naturaleza privada, incluyendo empresas, autónomos, entidades sin ánimo de lucro, agrupaciones sin personalidad jurídica y determinadas entidades del sector público institucional.
En el caso de las empresas, podrán beneficiarse tanto pequeñas como medianas empresas, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la normativa europea en materia de PYME.
No podrán acceder a estas ayudas, entre otros supuestos, las empresas en crisis, aquellas sujetas a una orden de recuperación pendiente o las empresas de servicios energéticos.
Actuaciones subvencionables
Entre las actuaciones que pueden recibir ayuda se encuentran:
- Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por otros de alta eficiencia energética.
- Sustitución o mejora de equipos auxiliares como calderas, compresores, quemadores o motores eléctricos.
- Recuperación de calores residuales.
- Incorporación de variadores de frecuencia o motores de alta eficiencia.
- Implantación de sistemas de gestión energética, medición y control de consumos.
- Mejora de la eficiencia energética en instalaciones de refrigeración.
- Sustitución de aparatos de refrigeración y armarios profesionales por equipos más eficientes.
- Sistemas de automatización y control.
- Mejoras de iluminación o climatización en determinados edificios, siempre que no estén excluidos por la convocatoria.
- Otras actuaciones de eficiencia energética que cumplan los requisitos establecidos.
En todos los casos, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.
Actuaciones no subvencionables
La convocatoria excluye determinadas inversiones, entre ellas:
- Equipos alimentados por combustibles fósiles, incluido el gas natural.
- Proyectos que supongan un aumento del consumo de combustibles fósiles.
- Actuaciones vinculadas únicamente al mantenimiento o conservación de instalaciones.
- Vehículos para transporte de materiales, mercancías, personas o animales.
- Cargadores eléctricos para este tipo de vehículos.
- Inversiones asociadas a aumentos de capacidad productiva, salvo determinadas sustituciones de instalaciones existentes.
- Equipos de segunda mano.
- Gastos no vinculados directamente a la mejora de la eficiencia energética.
Además, las actuaciones no podrán haberse iniciado antes de la fecha de registro de la solicitud, ya que la ayuda debe tener efecto incentivador.
Gastos subvencionables
Se consideran subvencionables los costes de inversión necesarios para alcanzar un mayor nivel de eficiencia energética. Entre los gastos elegibles se incluyen:
- Equipos e instalaciones directamente vinculados al ahorro energético.
- Instalaciones auxiliares necesarias, como tuberías, líneas eléctricas, válvulas o conexiones.
- Montaje y puesta en marcha.
- Proyectos técnicos y dirección facultativa.
- Obra civil estrictamente necesaria.
- Costes de transporte.
- Asistencia técnica, legalización de instalaciones y licencias necesarias.
No se consideran subvencionables el IVA, impuestos, tasas, gastos financieros, personal propio, terrenos, inmuebles, equipos de segunda mano, desmontaje de instalaciones anteriores o servicios de grúa para retirada.
La inversión elegible mínima del proyecto deberá ser superior a 10.000 euros.
Importe de la ayuda
La ayuda tendrá forma de subvención a fondo perdido.
La intensidad máxima será del 35 % del coste subvencionable, pudiendo incrementarse en función del tamaño de la empresa:
- Medianas empresas: hasta un 45 %.
- Pequeñas empresas: hasta un 55 %.
El importe máximo será de 400.000 euros por proyecto de inversión, y la ayuda concedida a una misma empresa no podrá superar los 800.000 euros.
Procedimiento de concesión
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes correctamente formalizadas y completadas.
Esto significa que no se comparan los proyectos entre sí mediante una puntuación competitiva, sino que las solicitudes se atienden por riguroso orden de entrada hasta agotar el presupuesto disponible.
Por este motivo, es recomendable preparar la documentación con antelación y presentar la solicitud lo antes posible.
Plazo de solicitud
El plazo para presentar solicitudes finaliza el 29 de octubre de 2026.
La solicitud deberá realizarse obligatoriamente de forma telemática a través de los canales habilitados por la Generalitat Valenciana o el IVACE, mediante certificado electrónico.
Documentación necesaria
Entre la documentación habitual que deberá acompañar a la solicitud se incluye:
- Solicitud normalizada.
- Memoria técnica o auditoría energética.
- Declaraciones responsables.
- Acreditación de la representación legal.
- Documentación técnica de los equipos o instalaciones.
- Tres ofertas cuando se superen determinados importes de gasto.
- Documentación relativa al cumplimiento de obligaciones medioambientales.
- Información sobre la ubicación exacta del proyecto.
- Documento sobre cumplimiento de plazos de pago, en el caso de empresas.
- Ficha de alta bancaria en PROPER, cuando proceda.
Ejecución y justificación del proyecto
Los proyectos podrán ejecutarse una vez presentada la solicitud, sin necesidad de esperar a la resolución de concesión. No obstante, iniciar la inversión antes de registrar la solicitud podría implicar la pérdida del derecho a la ayuda.
La justificación deberá realizarse conforme a las condiciones establecidas por el IVACE y podrá incluir facturas, justificantes de pago, fotografías de la instalación, informe final del proyecto, cuenta justificativa y documentación acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de publicidad y medioambientales.
¿Por qué es una oportunidad para las empresas?
Esta convocatoria representa una oportunidad para que las empresas de la Comunitat Valenciana reduzcan sus costes energéticos, modernicen sus instalaciones y avancen hacia procesos productivos más eficientes y sostenibles.
Además, al tratarse de ayudas concedidas por orden de entrada, resulta clave analizar cuanto antes la viabilidad del proyecto, preparar la memoria técnica y recopilar la documentación necesaria para presentar la solicitud con garantías.
FINNOVO te ayuda a tramitar tu subvención
En FINNOVO somos especialistas en la gestión de ayudas públicas para empresas. Analizamos la inversión prevista, revisamos su encaje en la convocatoria, preparamos la documentación técnica y administrativa y acompañamos a la empresa durante todo el proceso de solicitud y justificación. Si tu empresa tiene previsto invertir en equipos más eficientes, sistemas de control energético, mejoras de refrigeración, automatización o sustitución de maquinaria consumidora de energía, podemos ayudarte a maximizar las posibilidades de obtener financiación pública.
Contacta con FINNOVO y estudiaremos tu proyecto sin compromiso.


